domingo, 16 de enero de 2011

El TSJA obliga a investigar a Chaves por la subvención millonaria de la Junta a la mina de Almonaster que apoderaba su hija.


Los magistrados critican abiertamente al Ejecutivo andaluz por haberse limitado a dar carpetazo al asunto en base a unos “informes jurídicos interpretativos”.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado, por “arbitraria e injustificada”, la decisión del Consejo de Gobierno del 31 de julio de 2009, presidido por el socialista José Antonio Griñán, de no abrir expediente sancionador al vicepresidente tercero del Gobierno y ex presidente andaluz, Manuel Chaves, por incumplir la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos al no inhibirse en el procedimiento de concesión de un incentivo multimillonario a favor de la empresa Minas de Aguas Teñidas (Matsa), situada en la Sierra de Huelva, concretamente en Almonaster la Real, pese a que su hija era la apoderada de la firma minera que, incluso, llegó de hecho a firmar la aceptación de los casi 10,1 millones de euros, según ha informado elmundo.es de Andalucía.
En la sentencia, los magistrados del Alto Tribunal Andaluz concluyen que la decisión de Griñán y los consejeros de la Junta “vulnera el reglamento de potestad sancionadora e ignora los principios constitucionales consagrados en los artículos 103.1 y 9.3 de la Carta Magna”, por lo que han instado a la Junta a abrir un expediente sancionador a Manuel Chaves por la misma causa.
Además, critican abiertamente al Ejecutivo andaluz por haberse limitado a dar carpetazo al ‘caso Matsa’ esgrimiendo “unos informes jurídicos interpretativos sobre el precepto que se denunciaba” cuando los hechos publicados en su día por elmundo.es de Andalucía y elevados a los tribunales por el PP andaluz “tienen una gravedad evidente que exigían una mínima investigación y comprobación”.
Se da la circunstancia de que, tras la denuncia de lo ocurrido, se comprobó que Chaves mintió al Congreso de los Diputados cuando afirmó el pasado junio que su hija no había tenido participación alguna, “ni como apoderada ni como nada”.

Fuente: www.huelvaya.es